Son entidades de servicios financieros sujetas a la inspección y a la vigilancia permanente de la Superintendencia Financiera. Son profesionales en la gestión de negocios, transacciones u operaciones por cuenta de terceros. Reciben mandatos de confianza, los cuales se desarrollan con el objeto de cumplir una finalidad específica. La autoridad de supervisión de la actividad fiduciaria en Colombia es la Superintendencia Financiera de Colombia . Únicamente las sociedades fiduciarias especialmente autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia pueden desarrollar la actividad fiduciaria en Colombia, con excepción de las operaciones de recaudo y transferencia de fondos, transferencia y registro de valores o de depositarios autorizadas a los establecimientos de crédito en el artículo 118 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. Las sociedades fiduciarias en desarrollo de su objeto social pueden tener la calidad de fiduciarios según lo dispuesto en el artículo 1226 del Có
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